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Solicitud de baja por incapacidad temporal (Altas, bajas y confirmaciones)
- Descripción
Procedimiento para la tramitación de las bajas por incapacidad temporal del personal docente e investigador (PDI) y del personal de administración y servicios (PAS).
- Colectivo solicitante
PAS, PDI.
- Organismo responsable
Servicio de Gestión de Personal.
- Contacto responsable
- Dirección:
- Plaza de Riego, 4 – 1ª Planta, 33003, Oviedo
- Teléfono:
- 985 10 40 15
- Fax:
- 985 10 40 13
- Normativa
- Instrucciones para tramitar las bajas por incapacidad temporal dirigidas al Personal Docente Investigador y al Personal de Administración y Servicios
- Acuerdo de 17 de julio de 2013, del Consejo de Gobierno de la Universidad de Oviedo, sobre la prestación económica en la situación de incapacidad temporal de los empleados públicos de la Universidad de Oviedo.
- Orden ESS/1187/2015 (https://www.boe.es/boe/dias/2015/06/20/pdfs/BOE-A-2015-6839.pdf), de 15 de junio, por la que se desarrolla el Real Decreto 625/2014, de 18 de julio, por el que se regulan determinados aspectos de la gestión y control de los procesos por incapacidad temporal en los primeros trescientos sesenta y cinco días de su duración (Art. 10: El trabajador está obligado a presentar a la empresa la copia de los partes de baja y confirmación destinada a ella, en el plazo de tres días contados a partir de la fecha de su expedición. Asimismo, está obligado a presentar a la empresa la copia destinada a ella del parte de alta dentro de las 24 horas siguientes a su expedición).
- Lugares de solicitud
- Solicitud online
- Solicitar
- Formas de solicitar
- Servicio de solicitudes online
- En los supuestos en que la baja por incapacidad temporal obedezca a contingencias distintas de aquellas que tienen garantizada la percepción del cien por cien de las retribuciones, se presentará en el Registro General o en los Registros Auxiliares de la Universidad de Oviedo un oficio de remisión, dirigido al Servicio de Gestión de Personal, al que se adjuntará el parte médico de baja.
- En los casos excepcionales de incapacidad temporal que, conforme al Acuerdo del Consejo de Gobierno de fecha 17 de julio de 2013, tengan garantizada la percepción del cien por cien de las retribuciones, se estará a lo previsto en el artículo 7 y concordantes del citado Acuerdo, cumplimentando el formulario anexo al mismo, al que se acompañarán los documentos justificativos de la situación de que se trate, documentación de la que se hará entrega en el Servicio de Gestión de Personal.
- En todo caso, en el mismo día en que se cause baja, y a través del medio más cómodo y rápido –teléfono, correo electrónico, fax…- se dará cuenta de la ausencia al trabajo al superior jerárquico, que en el caso del personal docente e investigador será el director del Departamento.
- Documentación relacionada