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Crue, CREUP y CEUNE rechazan las enmiendas pactadas por PSOE, Unidas Podemos y ERC al proyecto de Ley de Convivencia Universitaria

Crue reclama una partida de 150 millones anuales en los PGE 2022 para el fortalecimiento del sistema universitario durante la vigencia del Plan de Recuperación

El proyecto de Ley de Convivencia Universitaria que el Consejo de Ministros trasladó al Congreso de los Diputados para su tramitación parlamentaria es fruto del consenso alcanzado entre Crue Universidades Españolas, las organizaciones representativas de los y las estudiantes, CREUP y CEUNE, y el propio Ministerio de Universidades, tras casi un año de negociaciones conjuntas. 
 
El éxito del consenso residía en la apuesta por la mediación como método de resolución de los conflictos que se produjeran en el seno de la comunidad universitaria. Esta medida se reforzó con la creación de una Comisión de Convivencia, encargada de coordinar los procesos de mediación y resolución de conflictos y se complementa en el texto con un procedimiento sancionador dotado de amplísimas garantías para el estudiantado.
 
Frente al espíritu de mediación y convivencia, las enmiendas presentadas por los grupos parlamentarios Socialista, Confederal de Unidas Podemos-En Comú Podemo-Galicia en Común y Republicano eliminan el espíritu de convivencia del proyecto y trasladan a las universidades, en el marco de su autonomía, la posible regulación de mecanismos y procedimientos de resolución de conflictos. Esto impide el establecimiento de un marco común para todo el Sistema Universitario Español.
 
Crue y las organizaciones representativas del estudiantado consideran que con estos cambios se anula la principal aportación del proyecto de Ley consensuado con el Ministerio, que es el desplazamiento del eje del sistema de convivencia del ámbito puramente disciplinario a la resolución pactada de los conflictos.
 
Así pues, las enmiendas eliminarán el mecanismo y el procedimiento de mediación, así como su aplicación preferente frente a las sanciones disciplinarias, convirtiendo la convivencia universitaria en un mero procedimiento punitivo. A su vez, se eliminan los medios alternativos de resolución de conflictos de convivencia, así como las medidas sustitutivas de las sanciones.
 
La comunidad universitaria quiere trasladar su malestar a las fuerzas políticas por desoír sus propuestas. Estas enmiendas deben ser modificadas o retiradas para que la Ley se distancie verdaderamente del Régimen Sancionador de 1954 al que está todavía sujeto el Sistema Universitario Español.
 
Crue reclama una partida de 150 millones anuales en los PGE 2022 para el fortalecimiento del sistema universitario durante la vigencia del Plan de Recuperación
 
Crue Universidades Españolas ha enviado a los grupos parlamentarios del Congreso de los Diputados un documento con propuestas de enmiendas al proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado 2022, entre las que destaca un Plan de Fortalecimiento del Sistema Universitario con una partida de 150 millones de euros anuales durante la vigencia del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia del Gobierno, financiado con los fondos del Plan Next Generation de la Unión Europea.
 
Para Crue, la Universidad, como elemento transformador de la economía, tiene por delante el reto de introducir cambios estructurales y funcionales que le permitan cumplir los objetivos que se necesitan para ayudar a convertir a España en una verdadera sociedad del conocimiento. Por ello, señala que este Plan de Fortalecimiento debería incluir, entre otras medidas, acciones destinadas a reforzar sus capacidades docentes y de I+D+i e infraestructuras con el objetivo de fomentar la transición ecológica y digital y la consolidación de las universidades como centros impulsores y formadores en emprendimiento y referentes de empleo estable y de calidad, así como de potenciar el importante papel internacional que las universidades deben jugar en la estrategia de España Global.
 
Además, Crue propone modificar el régimen general de subvenciones, aprovechando la reforma que contempla el proyecto de Ley de Presupuestos, porque su aplicación presenta deficiencias que dificultan notablemente el aprovechamiento de las subvenciones. En este sentido, señala que existen resoluciones de concesión que se demoran en el tiempo y dejan un periodo muy corto para realizar la actividad subvencionada y ejecutar la subvención. Asimismo, sostiene que los mecanismos de justificación son complicados y farragosos y no tienen en cuenta el carácter público de las universidades beneficiarias, o que el pago a posteriori de la subvención genera tensiones en la tesorería de la institución beneficiaria. Para Crue, la solución pasa por la conformación de un régimen propio para las universidades, tal y como se prevé también para entidades locales o entidades públicas estatales.
 
Por otra parte, y en cuanto a la modificación de la Ley de Acompañamiento, Crue ve necesario diferenciar la gestión de las actividades financiadas con fondos públicos y fondos privados, tanto en lo relativo a adquisiciones de bienes y equipos como de gastos corrientes, cambiando la regulación de los contratos de I+D+I de las universidades con las empresas. La gestión de esos fondos "privados", obtenidos para alcanzar un resultado de interés del contratante, se tiene que sujetar –como en otros países– a las condiciones de cumplimiento que exijan los clientes, no a la rigidez de la gestión del gasto propio de una Administración Pública. No es factible proporcionar resultados a las empresas con celeridad y las condiciones que exige su interés, siguiendo los procedimientos públicos de la contratación de personal, los contratos de bienes, servicios y suministros o adquisición de equipamiento científico. 
 
Crue defiende, para solventar esta situación, que los gastos y adquisiciones en que incurran las universidades públicas y privadas derivados de la contratación con empresas e instituciones privadas queden exentos del sometimiento a los procesos de justificación propios de la contratación pública, quedando limitada a la propia de la legislación ordinaria y mercantil y, en su caso, de la acordada entre las partes contratantes.
 
En cuanto a la deducibilidad del IVA, Crue también plantea –a efectos de generar seguridad jurídica, apoyar la investigación y minorar la conflictividad judicial– la aprobación de una norma que aclare la no distinción a efectos de deducibilidad del IVA entre investigación básica e investigación aplicada porque la Universidad lleva a cabo ambas actividades en su conjunto y sin distinción. 
 
En lo relativo a la investigación básica, Crue detalla que, aunque en esta actividad no se devengan inmediatamente cuotas de IVA repercutido, es la base para que las universidades obtengan futuros ingresos sujetos a IVA (encargo por tercero de proyectos, servicios técnicos, patentes, etc.). Y recuerda que existe fundamentación jurídica al respecto (Audiencia Nacional, tribunales superiores de Justicia y el propio Tribunal Supremo) que advierte de que las universidades tienen derecho a la total deducción de las cuotas soportadas en la adquisición de bienes y servicios utilizados en esta actividad de investigación básica porque esta se realiza con la finalidad de generar futuros ingresos por investigación aplicada, por cesión de patentes o por servicios de diferente contenido.