Se trata de ayudas para cofinanciar la participación de investigadores de otras Universidades y Centros de Investigación, tanto nacionales como extranjeros, en actividades de intercambio científico en la Universidad de Oviedo que se celebren en el año 2011.
Las ayudas podrán financiar parcialmente los gastos derivados de la visita del científico (viaje y/o alojamiento del investigador visitante). A este concepto se destinará un máximo de 2.000 € por Departamento o Instituto y 500 € por ayuda siempre que la unidad no disponga de fondos aplicables para tal fin. Las concesiones estarán supeditadas a las disponibilidades presupuestarias del programa de gasto del Vicerrectorado para tal fin y se imputarán a la aplicación presupuestaria 16.01-541A-600.00.
Podrán solicitar este tipo de ayudas los Departamentos e Institutos de la Universidad de Oviedo, a propuesta de Profesores de los mismos, o de Investigadores contratados a través del Programa Ramón y Cajal o Juan de la Cierva, de la Universidad de Oviedo o de contratos equivalentes del PCTI.
Las solicitudes firmadas por el Director del Departamento o Instituto y dirigidas al Vicerrector de Investigación se presentarán a través del Portal del Investigador mediante los formularios normalizados correspondientes disponibles en la página web del Vicerrectorado de Investigación.
La documentación que debe adjuntarse es la siguiente:
Las solicitudes deberán presentarse con un mínimo de treinta días naturales de antelación a la fecha de celebración de la actividad y, en cualquier caso, antes del 31 de octubre de 2011.
El Vicerrectorado de Investigación resolverá la adjudicación de las ayudas dependiendo del interés, nivel científico y experiencia del científico visitante, en tanto en cuanto existan disponibilidades presupuestarias.
La resolución de la concesión de las ayudas será publicada oportunamente en la página web del Vicerrectorado de Investigación. Contra esta resolución cabe interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente a su publicación, ante la Sala Correspondiente del Tribunal de Justicia de Asturias, conforme al artículo 46.1 de la Ley 29/1998, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de 13 de julio de 1998. Previamente, y con carácter potestativo, recurso de reposición ante el Rector, en el plazo de un mes, a tenor del artículo 116 de la Ley 30/92 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
El profesor solicitante presentará al Vicerrectorado de Investigación los justificantes del viaje y/o estancia del profesor visitante. Cada entidad cofinanciadora deberá asumir la totalidad del gasto que financia (viaje completo y/o gastos de alojamiento por la totalidad de la estancia)
Los justificantes del gasto asociado a estas ayudas se tramitarán antes del 15 de diciembre de 2011, realizando la precarga través del Portal del Investigador y los originales conformados a través del Registro de la Universidad.
En caso de que la actividad del visitante incluya la presentación de resultados de investigación, ésta deberá ser pública y será informado el Vicerrectorado de Investigación, quien lo anunciará oportunamente.