Reconocimiento de créditos

Este Reglamento establece la regulación por la que se podrá obtener el reconocimiento de créditos:

  • Por asignaturas cursadas en estudios universitarios oficiales.
  • Por asignaturas cursadas en títulos propios universitarios.
  • Por la experiencia laboral o profesional.
  • Por haber cursado otros estudios superiores no universitarios.
  • Por la realización de actividades universitarias culturales, deportivas, de representación estudiantil, solidarias y de cooperación durante el tiempo que se curse una titulación.

Además, se regula la forma en la que se producirá la transferencia de créditos, figurando en el expediente del estudiante todos los créditos superados en enseñanzas oficiales que no hayan sido utilizados para la obtención de un título.

Por otro lado, se define la adaptación como el cambio desde los estudios universitarios correspondientes a la regulación anterior al EEES a los estudios oficiales de Grado o de Máster Universitario.

Contempla, asimismo, los procedimientos que han de guiar la tramitación de los reconocimientos, transferencias y adaptaciones de los estudiantes y los órganos competentes para resolver.

Se reconocerán los títulos propios de la temática alimentaria que impartan asignaturas similares a las impartidas en el plan de estudios del master de Biotecnología Alimentaria. Para ello la comisión de docencia del master será quien apruebe en el momento de la admisión los créditos reconocidos previa presentación por parte del alumno del programa de estudios cursado.

En el caso concreto de aquellos estudiantes que tengan el título propio de máster en Gestión y Desarrollo de la Industria Alimentaria por la Universidad de Oviedo, y de acuerdo con el R.D.861/2010, que establece "…Los créditos procedentes de títulos propios podrán, excepcionalmente…ser objeto de reconocimientos en su totalidad siempre que el correspondiente titulo propio haya sido extinguido y sustituido por un titulo oficial", se les reconocerán 48 ECTS (se adjunta memoria del título propio), dado que todas las asignaturas que se impartían en el máster propio se imparten en el título oficial, con alguna pequeña reorganización para pasar de 341 horas de clases teóricas y 110 de prácticas de laboratorio a 60 créditos ECTS y un solo curso académico. Según el RD1393/2007 modificado por el RD861/2010 no se reconocerá en ningún caso el Trabajo Fin de Máster.

Los alumnos que acrediten una experiencia laboral acreditada en empresas, administraciones o centros de investigación del ámbito alimentario durante un mínimo de 5 años se les reconocerán 6 créditos correspondientes a las dos asignaturas que más se acerquen al perfil del alumno.